No, la ciudadanía sólo se transmite en línea recta de padre a hijo.
Uno de los hechos que puede interrumpir la transmisión es la obtención por parte del antecedente italiano de una ciudadanía diferente a la italiana.
En estos casos es necesario conocer con exactitud la fecha de naturalización del antecedente italiano.
Es necesario conseguir la sentencia de naturalización o la Carta de Ciudadanía, de las cuales surgirá la fecha cierta de juramento o de otorgamiento (no la fecha de enrolamiento).
Si no conocemos la fecha exacta de la naturalización no se puede continuar con la reconstrucción y la solicitud es rechazada
Esta es una de las preguntas más frecuentes y lamentablemente no hay una única respuesta. Cuando el trámite depende de un Consulado, va a depender en gran medida de la demanda que tiene ese Consulado para ese trámite, como mencionamos anteriormente, hay Consulados que actualmente no tienen turnos disponibles o que tienen turnos disponibles para dentro de uno o dos años. Una vez que presentamos la carpeta, con toda la documentación, también el tiempo para el reconocimiento de la ciudadanía es variable según de que Consulado se trate.
Una vez más, es un tema con una respuesta bastante variable. Si las actas las vamos a presentar en un Consulado, no tendrían vencimiento. Debemos informarnos por medios oficiales, en la página del Consulado donde vamos a presentar nuestra solicitud por ejemplo, para conocer de manera fehaciente qué documentación debemos presentar y cómo debemos hacerlo ya que dependiendo de donde se presente la documentación, puede tener variaciones.
No, lamentablemente los Consulados no comparten esa información. Si no nos corresponde el mismo Consulado, debemos presentar nuevamente toda la documentación completa desde nuestro AVO hasta nosotros para el reconocimiento de la ciudadanía.
En ese caso, la carpeta quedaría abierta en ese Comune por un año y nosotros podríamos agregarnos, sin embargo, es fundamental ponernos en contacto con el Comune para corroborar si efectivamente podemos hacerlo allí.
Es imprescindible consultar en el Comune cómo proceden en estos casos y cuál es la disponibilidad que tienen para el trámite que nosotros queremos realizar.
En ese caso no es posible solicitar el reconocimiento de la ciudadanía italiana. Es a partir de 1912 que podemos solicitar el reconocimiento de la ciudadanía si nuestro AVO era menor de edad cuando su padre se nacionalizó.
Es posible, lamentablemente, que el acta de nuestro AVO se haya quemado. En este caso, debe hacerse una reconstrucción del acta, según indiquen las autoridades italianas encargadas de hacerlo.
Comenzar el trámite en un lugar y terminarlo en otro no es posible. Si comenzamos nuestro trámite en un Consulado, pero decidimos, por ejemplo, viajar a Italia a comenzarlo nuevamente allí, primero debemos cancelar nuestro trámite en el Consulado donde ya lo habíamos presentado.
Sino lo cancelamos, es posible que cuando avancemos con el trámite en el otro lugar donde decidimos volver a presentarla, éste se vea trabado.